Estos últimos días ha dado mucho de que hablar el caso de Nestora Salgado, acusada de secuestrar personas en un municipio del estado de Guerrero. Secuestros que involucran tanto a mujeres como niños, de hecho, entre ellos se encuentra la menor Dulce Rubí Burgos Pérez. Declaró que Nestora Salgado pidió un rescate por su liberación, como ya es sabido por el debate de los candidatos a la presidencia, Jose Antonio Meade mencionó dicha declaración:
Soy la comandante Nestora Salgado y sólo le llamo para decirle que a cambio de la libertad de su hija me tiene que entregar la cantidad de 5 mil pesos. Así es que ya sabe, cuando tenga esa cantidad me la entrega y entonces yo le entrego a su hija
A pesar de las acusaciones los jueces absolvieron de dichos cargos a Nestora Salgado, y de hecho dieron argumentos un tanto extraños, como se puede ver en el articulo de Verificado 2018:
Incluso, hubo jueces que fueron más allá en su análisis de los hechos y concluyeron que los supuestos secuestros que se le atribuyeron fueron, en realidad, “detenciones legales” realizadas por la Policía Comunitaria de Olinalá, y no acciones personales, además de que el cobro por la liberación de esos detenidos no se trató de un “rescate”, sino de una “fianza”.
En un claro ejemplo de manipulación de palabras y de hechos, pues Nestora Salgado se autodenominaba “comandante” de una Policía Comunitaria en Olinalá, protegidos por la ley de usos y costumbres, que le permite a los pueblos indígenas organizarse de la forma en que ellos vean conveniente para la salud y protección de sus pueblos. Sin embargo, el municipio de Olinalá no entra en el régimen de pueblo indígena, ni Nestora Salgado es indígena, de hecho mantiene la nacionalidad estadounidense. Bajo el encubrimiento de denominarse “Policía Comunitaria” Nestora Salgado cometió crímenes bajo su mandato de “comandante”. Secuestrando aproximadamente a 50 personas (entre ellas mujeres y niños). De hecho, el que el entonces era síndico procurador de Olinalá, Armando Patrón Jiménez, fue secuestrado también, por 40 hombres armados al mando de Nestora, quien exigió 500 mil pesos por su liberación.
Nestora, candidata a Senadora por parte de MORENA
Bajo el fallo a favor de Nestora por parte de los jueces que permitió su liberación en el 2016, muchas personas y figuras públicas han estado justificando los secuestros realizados por la imputada, tal como Andres Manuel Lopez Obrador, que de hecho nombró a Nestora Salgado como candidata a Senadora de Guerrero por Morena, de manera que a pesar de los crímenes que cometió podría ser parte del cuerpo que se encarga de legislar las leyes en nuestro país. Recordemos que Nestora fue absuelta por falta de pruebas, no porque no haya secuestrado gente, sino que bajo el régimen de Policía Comunitaria ella no secuestró personas, sino que las detuvo de manera legal A PESAR de que Olinalá no sea un municipio que cumpla como un pueblo indígena.
Los derechos humanos no se pueden violar
Es importante señalar que según la LEY NÚMERO 701 DE RECONOCIMIENTO, DERECHOS Y CULTURA DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS DEL ESTADO DE GUERRERO se reconoce la formación de Policias Comunitarias pero no les da facultad para poder secuestrar a personas o cometer toda clase de delitos pues aunque se rijan por sus normas se siguen aplicando las leyes estatales vigentes, tal como podemos ver en el Articulo 32:
Cuando en los procedimientos intervengan personas colectivas o
individuales indígenas, las autoridades administrativas, jueces y agentes del Ministerio
Público, aplicarán las leyes estatales vigentes, tomando en cuenta las normas internas
de cada pueblo y comunidad, que no se opongan a las primeras. Para ello, se basarán
en la información que en diligencia formal les proporcione la autoridad comunitaria del
pueblo o comunidad indígena correspondiente, buscando, en todo caso, la apropiada
articulación entre dichas normas.
Al resolver las controversias se procederá en los mismos términos
Como bien ha mencionado el abogado Mario Fernandez:
El artículo 420 del Código Nacional de Procedimientos Penales, señala claramente que los sistemas normativos indígenas no son una excepción a la protección de DDHH en el proceso penal, particularmente, cuando hay violación de perspectiva de género y de dignidad humana.
Si AMLO quiere gobernar con su famosa amnistía, donde va a perdonar a criminales y narcotraficantes que han secuestrado, matado y violado a mucha gente, ya está comenzando de buena manera, repudiamos por completo que se integre en sus filas a personas que han cometido dichos crímenes, pues no hay que olvidar que aunque AMLO en múltiples ocasiones ha acusado a la “mafia del poder” y al “PRIAN” de los males que ocurren en el país, muchos de esos integrantes de la “mafia del poder” y del “PRIAN” se encuentran actualmente en sus filas, como el caso del FOBAPROA que tanto desaprobó AMLO, pues personas como Miguel Ángel Navarro, actual candidato al senado y Poncho Romo, propuesto para ser el jefe de gabinete, son algunos de los artífices del “saqueo”.
AMLO representa más impunidad para el país, no sólo tiene a muchos ex militantes del PRI en sus filas, e incluso a personas que en el pasado acusó de “corruptos” y “vendidos”, sino que hoy añade a su equipo a una persona que en voz de muchos afectados, privó de su libertad y violento a múltiples personas cuando ella no tenía la facultad para hacerlo.
Aquellos que se excusan bajo el argumento de que “así lo decidió el juez” habrá que recordarles que la decisión de un juez no es perfecta ni impugnable, y en este caso, hubo un craso error al afirmar que eran una Policía Comunitaria pues no lo era como ya se explicó y en dado caso Nestora Salgado tampoco era indígena, y aunque ella mencione que “desconocía el proceso”, no la exime de la responsabilidad de los delitos que cometió.